Discapacidad

Información para Afiliados sobre el Mecanismo de “Integración” y
Prestaciones para Personas con Discapacidad
El Decreto Nº 904/2016 estableció un mecanismo llamado “Integración” para financiar directamente el Fondo Solidario de Redistribución, que apoya a los Agentes del Seguro de Salud en la cobertura de prestaciones médico-asistenciales para personas con discapacidad, de acuerdo con el Nomenclador de Prestaciones Básicas. Objetivos del Mecanismo: Aumentar la eficiencia y transparencia en la gestión administrativa. Asegurar el acceso a servicios esenciales para personas con discapacidad. Normativa y Procedimientos: La SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD ha aprobado procedimientos específicos para que los Agentes del Seguro de Salud soliciten fondos a través de este mecanismo (Resolución Nº 887-E/2017). Es esencial que los Agentes presenten la documentación adecuada para garantizar la calidad de las prestaciones, que deben ser auditadas para verificar su efectividad. Actualización de Requisitos: Se han actualizado los requisitos documentales para que los Agentes puedan solicitar fondos, asegurando así que las necesidades de las personas con discapacidad se aborden adecuadamente. Las prestaciones no educativas deberán adaptarse a las necesidades de cada persona y tendrán una vigencia máxima de un año. Participación del Equipo Interdisciplinario: Es fundamental que el equipo de profesionales de los Agentes supervise y audite los tratamientos para garantizar su accesibilidad y efectividad. Vigencia y Registro: Esta normativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Discapacidad
Los beneficiarios deben recibir las prestaciones que indiquen los profesionales médicos que darán la orientación para servicios y tratamientos específicos.
Los beneficiarios deben acreditar su condición presentando el Certificado de Discapacidad emitido por autoridad competente.
En caso de factores de riesgo en el recién nacido, deben otorgarse prestaciones preventivas extremando controles y exámenes complementarios.
Las prestaciones que corresponden a la discapacidad acreditada se brindan al 100%. Por tratarse de una cobertura integral, excede a la establecida en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Los medicamentos que son inherentes a la patología específica, se brindan al 100%.
Las obras sociales deben otorgar las prestaciones que se requieran, independientemente del apoyo financiero que les otorgue la Administración de Programas Especiales (APE).
Prestación institucional:
- Rehabilitación ambulatoria y en internación
- Centros de Estimulación Temprana
- Hospital de Día
- Centro de Día
- Centro Educativo Terapéutico
- Prestaciones Educativas
- Hogar
- Residencia
- Pequeño Hogar
Prácticas:
- Consultas médicas
- Fisioterapia
- Kinesiología
- Terapia Ocupacional
- Psicología
- Fonoaudiología
- Psicopedagogía
- Odontología
- Otros tipos de atención reconocidas por autoridad competente
Otras prestaciones:
- Apoyo a la integración escolar
- Formación laboral y/o rehabilitación profesional
- Transporte
Cobertura al 100%:
- Apoyos técnicos
- Prótesis y ortesis
- Audífonos
